Jurisconsultas Abogados asesora sobre los efectos legales concretos que genera el reconocimiento de una unión de hecho en Panamá — derechos patrimoniales, herencia, pensión y derechos sobre los hijos.
Los bienes adquiridos durante la unión pueden considerarse gananciales. Al separarse, se distribuyen de forma similar al divorcio matrimonial.
El conviviente supérstite tiene derechos hereditarios sobre la sucesión del fallecido, en concurrencia con los herederos legítimos.
Al separarse, el conviviente más vulnerable puede reclamar alimentos temporales del otro durante el período de transición.
Los hijos de la unión tienen los mismos derechos que los hijos matrimoniales — custodia, pensión y derechos hereditarios.
El conviviente puede acceder a beneficios del Seguro Social del otro en determinadas circunstancias cuando la unión está debidamente reconocida.
El reconocimiento protege al conviviente frente a actos del otro que puedan perjudicar los bienes comunes — ventas, hipotecas o transferencias no autorizadas.
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